En México, los salarios de los trabajadores pueden ser secuestrados para el pago de deudas de carácter civil y mercantil.
Terra
Si tienes deudas con el banco o alguna otra institución financiera y haz dejado de pagarles, esta información te interesa. A finales de marzo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los salarios de los trabajadores pueden ser embargados para el pago de deudas de carácter civil y mercantil.
¿PUEDEN QUITARME TODO MI SUELDO?
La SCJN determinó que lo máximo que las instituciones financieras pueden reclamar para el pago de deudas es el 30 por ciento del excedente del salario mínimo.
En el caso de que el trabajador ya cuente con el descuento de una pensión alimenticia, el secuestro (así se le llama al embargo del sueldo) para el pago de deudas civiles y mercantiles debe limitarse también al 30 por ciento, pero del excedente que queda luego de descontar el salario mínimo y el monto de la pensión alimenticia.